Sus Derechos Bajo la FDCPA: Disputando La Deuda

¿Por qué disputar la deuda?

Su derecho a disputar las deudas bajo la Ley de Prácticas Justas de la Cobranza de Deudas (FDCPA) es una herramienta muy poderosa.  Al usted disputar una deuda, el cobrador de deudas se ve obligado a descontinuar todas las actividades de colección de deudas hasta que pueda proporcionar las pruebas de que usted verdaderamente debe ese dinero.  Si el colector de deudas no puede proporcionarle esas pruebas, no podrá molestarlo nunca más.  Si el colector de deudas comprueba la deuda, usted estará en mejor posición de decidir qué quiere hacer.

¿Qué es lo más importante que debería saber acerca de su derecho a disputar una deuda?

Bajo el FDCPA, su derecho a disputar la deuda tiene tres partes:

• El derecho a que le notifiquen sobre la deuda
• El derecho a disputar la deuda
• El derecho a verificar la deuda

Hay límites de tiempo para algunos de estos derechos, así que es importante mantenerse pendiente.

¡Conozca Sus Derechos!

EL DERECHO A LA NOTIFICACIÓN DE LA DEUDA: Dentro de 5 DÍAS de haberle contactado por primera vez, el cobrador de deudas deberá enviarle una carta informándole:

• la cantidad de la deuda
• el nombre del acreedor
• información sobre qué puede hacer si usted piensa que hay un error o que no debe el dinero

Usted tiene treinta días desde que recibe esta carta para disputar la deuda.

 

¿Cómo puede disputar una deuda?

Dentro de treinta días de haber recibido la notificación de la deuda por escrito, envíe una carta a la agencia de cobranza disputando la deuda.  Puede utilizar esta Carta de Disputa Ejemplar (PDF).  Una vez que usted dispute la deuda, el cobrador de deudas debería descontinuar todas las actividades de cobranza hasta que le envíe a usted la prueba de la deuda. Usted también puede usar la carta de disputa ejemplar para descubrir el nombre y la dirección del acreedor original.

Al igual que todas las cartas de disputas deberá mantener una copia de la carta para sus archivos.  También es buena idea enviar la carta por correo certificado, pidiendo un recibo, para que usted tenga prueba de que el cobrador de deudas recibió la carta.  (Si el correo certificado es muy costoso, deberá por lo menos obtener prueba de que envió la carta.  Consulte con su correo local para más alternativas.)

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EL DERECHO A DISPUTAR LA DEUDA: Dentro de 30 DÍAS de haber recibido la notificación de la deudas, usted puede enviarle una carta al colector de deudas disputando la deuda y pidiendo el nombre y la información de cómo contactar el acreedor original.  El colector de deudas debe descontinuar todas sus actividades para colectar la deuda hasta que pueda “verificar” la deuda.
DERECHO A VERIFICAR LA DEUDA: Un colector verifica la deuda cuando le proporciona a usted suficiente información para que pueda reconocer si de verdad la debe.  El tipo de información que le deben proporcionar cambia dependiendo de sus circunstancias específicas.

  • En la mayoría de los casos, la verificación debe incluir, por lo menos: la cantidad de la deuda, la fecha de la deuda, y el nombre y la información de cómo usted puede comunicarse con el acreedor original.
  • Si usted disputa la deuda por razones de robo de identidad o de identidad equivocada, la verificación debe incluir una copia del contrato original firmado o una nota.
  • Si usted disputa la cantidad de la deuda, la verificación debe incluir información acerca de los pagos que se hicieron, y el interés y recargos que hayan sido agregados o anulados.

 

¿Puede usted disputar la deuda por teléfono?

Se puede, pero el colector de deudas será permitido continuar sus actividades para colectar la deuda, y no tendrá que verificar la deuda.  Si usted quiere establecer su derecho a verificar la deuda, debe enviar una carta.

¿Puede usted disputar la deuda si han pasado más de 30 días desde que haya recibido la notificación de la deuda del colector?

Sí, pero al colector de deudas se le permitirá seguir sus actividades y no tendrá que verificar la deuda.  Si usted desea establecer su derecho de verificar la deuda, tendrá que enviar su carta de disputa dentro de 30 días de haber recibido la notificación de la deuda.

Si usted tiene una buena defensa, puede ser que quiera disputar la deuda aunque los 30 días hayan pasado.  Dispute por escrito e incluya cualquier evidencia que compruebe sus declaraciones (tales como copias de cheques cancelados mostrando que ya pagó la deuda o un informe policiaco en el caso de robo de identidad).  Si el colector de deudas sabe que usted no le debe el dinero, no debería de colectar la deuda.  El FDCPA les prohíbe a los colectores de deudas de hacer declaraciones falsas sobre el carácter, la cantidad, o el estado legal de su deuda.

¿Qué ocurre si el colector de deudas nunca le envió una notificación de la deuda por escrito?

Todavía puede establecer sus derechos de disputa y verificación. El tiempo límite de 30 días no aplicará.

¿Puede informar un colector de deudas una deuda disputada a una agencia de informes de crédito?

Si usted disputa una deuda, el colector de deudas no puede informárselo a una agencia de informes de crédito hasta que verifique la deuda.  Si el colector de deudas ya ha reportado la deuda (antes de que haya recibido su carta de disputa), debe notificarle a la agencia de informes de crédito que la deuda está bajo disputa.  Después de verificar la deuda, el colector de deudas puede informarlo, pero sólo como una deuda disputada.

Un colector de deudas está en violación del FDCPA y del Acta de Informes de Crédito Justos si reporta una deuda que sabe, o debería saber, que es falsa.

¿Debería usted disputar la deuda aunque usted piense que debe el dinero?

Probablemente. Cuando se trata de la cantidad de dinero que usted debe y el acreedor a quien le debe, ¿por qué confiar en la palabra de un colector de deudas?  El colector de deudas puede estar mintiendo, o puede tener información errónea.  El proceso de disputa y verificación está diseñado para proveerle a usted información correcta sobre su deuda para que usted tenga la información que necesita para decidir qué hacer.  No hay razón de pagarle dinero a un colector de deudas que no puede proveerle con esta información.

¿Qué ocurre si usted no disputa la deuda?

No se preocupe.  Aunque pierda el derecho de verificar la deuda, todavía puede evitar que el colector de deudas lo contacte enviándole una carta llamada una “carta de cesación.”  Un ejemplo de una Carta Cesación está disponible aquí.

¡Conozca Sus Derechos!

Si un colector de deudas o un acreedor lo demanda, la falta de disputar la deuda no puede ser usado en su contra en la corte.

 

Más Información

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